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Cooperativa

La Cooperativa

¿Qué es una Cooperativa de viviendas?

Una cooperativa de viviendas es una entidad sin ánimo de lucro formada por un grupo de personas que tienen la necesidad de una vivienda en las mejores condiciones de calidad y precio posibles.  Esto se consigue mediante la autopromoción y eliminación de intermediarios. El socio de cooperativa es a la vez promotor y adjudicatario de la vivienda.

La cooperativa al ser la promotora adjudica las viviendas a sus socios a precio de coste, ahorrándose el socio el beneficio del promotor. Es una sociedad totalmente participativa, donde lo importante son las personas y no el beneficio.

La Gestora

Debido a la personalidad de la cooperativa, ésta necesita de una gestora especializada que prestará sus servicios de asesoramiento y gestión integral de la misma hasta la entrega de las viviendas por unos honorarios pactados por ambas partes. La gestora desarrollará, conforme a los criterios de calidad de la empresa y al conocimiento específico un trabajo altamente especializado que incluye:

  • Asesoramiento jurídico desde la constitución de la cooperativa, realizando los trámites administrativos necesarios para su correcta inscripción en el Registro de Cooperativas y el posterior asesoramiento en las obligaciones.
  • Asesoramiento técnico en el desarrollo del proyecto de edificación, en el proceso de selección de la empresa constructora, precios, garantías, etc… y en la ejecución de la edificación, hasta la entrega de las viviendas en el plazo y costes establecidos.

Ventajas

¡Tú eres lo importante!

Me interesa ¿Qué tengo que hacer?

¿Qué derechos tengo como socio?

  • Participar en la actividad empresarial que desarrolla la cooperativa para el cumplimiento de su fin social.

  • Ser elector y elegible para los cargos de los órganos sociales.

  • Formular propuestas y participar con voz y voto en la adopción de acuerdos por la Asamblea general y demás órganos sociales de los que forme parte.

  • Recibir la información necesaria para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.

  • A la actualización y devolución de las aportaciones de capital social cuando proceda.

¿Están garantizadas las cantidades que iré pagando?

Sí. De acuerdo con la Ley 20/2015, de 14 de julio, reguladora para la percepción de cantidades a cuenta del precio durante la construcción. Todas las cantidades entregadas estarán garantizadas (frente a la no iniciación de obras o no obtención de la licencia de primera ocupación) y se depositarán en la cuenta bancaria especial a nombre de la Cooperativa para abonar los costes necesarios en el desarrollo de la promoción.

¿Puedo darme de baja de una promoción?

Sí. Para darse de baja en una promoción únicamente hay que presentar una carta de solicitud de baja dirigida al Consejo Rector de la cooperativa a la que se pertenece, explicando los motivos que originan la baja.

El socio cooperativista quedará sujeto a lo establecido en los Estatutos de la cooperativa para la devolución de las cantidades entregadas en concepto de pagos de su vivienda.